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 DEPREDACIÓN DE LOBINA EN MEXICO

www.pescar.com.mx/

 

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Hola amigos.

 

Decidí escribir y hacer un poco de investigación sobre el tema de la DEPREDACION DE LOBINA         ( Micropterus salmoides ) y otras especies como la carpa  en nuestro  país.  En estos  últimos meses de Pandemia y de  encierro  ya eterno para muchos de nosotros, estuve viendo y compartían  fotos y comentarios con algunos amigos en la ciudad  de imágenes en redes sociales donde se dejaban ver videos y  fotografías con enormes ensartas de Lobinas de todos tamaños que de manera indiscriminada mostraban orgullosos como un trofeo y  exhibían las fotos contando sus grandiosas hazañas pesqueras. Existen canales de youtube donde publican videos donde con tarrayas  y en el mejor caso con caña atrapan muchos peces con fines totalmente alejados de la pesca deportiva y aun pasando las escenas  cocinando todo lo capturado hasta no dejar nada en los lagos.

 

Peor aún comparten  fotos  con ejemplares muy grandes (entre 3 a 4 kilogramos) con una gran genética para su reproducción y ya las tienen muertas en el piso, en algunas cubetas o en enormes ensartas colgadas en algún árbol a orilla del embalse.

 

¿No existe reglamento alguno? y ¿no existe Autoridad que vigile y sancione?  Es la pregunta obligada.

 Habrá que incluir en este artículo sin duda el  ejemplo que tenemos con los vecinos del norte en cuanto a conservación, manejo y cuidado de sus especies acuáticas.

Ellos tienen una agencia que se llama Servicio de pesca y vida silvestre de Estados Unidos en ingles, US Fish and Wildlife Service, FWS. Fundada en 1940. Dependen del departamento del interior  y su misión es junto con otras dependencias, la conservación, protección y mejora de la vida silvestre y la pesca en cada rincón de ese país. Administran 548 parques nacionales y 66 criaderos de peces para repoblar lagos y ríos.

Como ejemplo tomemos a Texas un estado vecino a nuestra frontera norte, es un estado muy bien organizado en estos temas de la vida silvestre y pesca, tienen un agencia denominada Texas Parks and wildlife, https://tpwd.texas.gov/regulations/outdoor-annual/  en ella tramitas tus permisos de pesca y  cacería depende la temporada. En el caso de los permisos de pesca anuales  no son obligatorios hasta los 17 años de edad  y también tiene exenciones para adultos mayores, los costos de los permisos van desde los $30 dólares  para residentes texanos y  para no residentes del estado hasta los $58 para pesca en agua salada es $5 dólares mas caro en ambos supuestos. Hay permisos mixtos para ambos tipos de pesca y un sinfín de tarifas dependiendo que se necesite les dejo la liga para navegarla. https://tpwd.texas.gov/regulations/outdoor-annual/licenses/fishing-licenses-stamps-tags-packages/fishing-licenses-and-packages

 

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Ahora que sanciones tienen si violas los reglamentos por hacer una pesca ilegal

https://tpwd.texas.gov/regulations/outdoor-annual/fishing/general-rules-regulations/laws-penalties-restitution

Si violas alguna de las reglas de pesca y vida salvaje. Las clasifican según la gravedad de la falta, las más sencillas las llaman clase C las multas van de los $25 hasta los $500 dólares. Las faltas tipo B las multas aumentan de $200 a $2,000 dólares o 6 meses de cárcel. Las faltas tipo A ya son multas desde $500 hasta $4,000 dólares o un año de cárcel.

Hay gente que comete felonías (actos reincidentes) ya alcanzan multas hasta $10,000 dólares o dos años de cárcel y puedes perder  su derecho a licencias hasta por 5 años.

Este es solo un ejemplo de uno de los estados  mejor organizados que tenemos como vecino y nos sirve para dimensionar la importancia que debemos darle a la vida silvestre y sobre todo a nuestras especies en aguas dulces y saladas en los cuerpos de agua en nuestro  país.

Ahora conozcamos un poco como funciona en México.

Aquí existe  La Secretaria de agricultura y desarrollo rural que  es la punta a nivel federal de la parte de Pesca y de ahí se desprende un organismo llamado Conapesca (Comisión nacional de acuacultura y pesca) en teoría en todos los estados tenemos una oficina de ellos para realizar trámites muchos de ellos para programas de acuacultura y desarrollo de especies en costas y  tierras continentales, también para tramitar los permisos correspondientes para pesca deportiva y comercial.

 

  Tenemos  una Ley general de pesca y acuacultura sustentable publicada el 24 julio de 2007  y tiene por objeto regular, fomentar y administrar el aprovechamiento de los recursos pesqueros y acuícolas en el territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción. Además establecer las bases para el ejercicio de las atribuciones que en la materia corresponden a la federación, las entidades federativas, los municipios y, en su caso, las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.  Y es donde vienen las Sanciones correspondientes en el abuso y el exceso en la explotación de la pesca en costas y aguas continentales.

 

Nuestras leyes de Pesca son buenas y tienen tremendos castigos para los infractores vamos a hacer un pequeño resumen.

El art. 41 nos habla de que debemos tener permiso para practicar la pesca deportiva en el apartado 7. Dicho permiso puede ser por un día, por un mes o anual.  El art. 67 nos habla que los pescadores y los prestadores de servicios turísticos de pesca deberán si o si tener su permiso vigente.

 

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El art.132 habla de las infracciones más comunes que van desde no tener permiso de pesca, la simulación de la pesca deportiva y lucrar con ella, también habla de no capturar peces en veda o de tallas inferiores a las permitidas y habla también de no comercializar las capturas al practicar la pesca deportiva. Las infracciones aparecen en el art. 133 que van desde amonestaciones, multas económicas, arrestos por 36 horas, decomiso de embarcaciones y las artes de pesca. El artículo 138 es el  más interesante  al ver el monto de las multas que se pueden hacer acreedores los que violenten la Ley de pesca.

Hay 4 apartados.  1. Rango de multa de 10 a 100 Salarios mínimos ($1232.00 a $12,322.00)  2. Rango de 101 a 1000 SM ($12,445.00 a $123,220.00) 3. 1001 a 10,000 SM  ($123,343.00 a $1, 232,200.00) y la más cuantiosa el apartado 4. 10,001 a 30,000 SM ($1, 232,323.00 a                           $ 3, 696,600.00).

Habla también como en las leyes americanas en caso de Felonías (actos reincidentes) las multas anteriores se duplicaran para dichas personas que vuelvan a sorprender violentando las normas pesqueras.

Lo  interesante que los fondos recaudados por todas las infracciones según el art. 144 servirán para promover los programas de inspección y vigilancia en nuestras aguas marítimas y continentales.

 

La ley General de pesca fue reformada el 19 de septiembre de 2016, y en ella se habla del Máximo permitido diario para consumo domestico y con el permiso de pesca vigente que son 5 ejemplares de los cuales solo 1 puede ser Lobina negra o florida  mínimo de 35 cms de largo. Aquí es donde entra el supuesto donde violan la ley,  todos los depredadores de lobina que se llevan docenas sin permiso en un día normal y de todos tamaños.

 

Esta ley  se ve reformada en 2016  y se abroga la norma oficial mexicana NOM-060-SAG/PESC-2014 de cuerpos de agua continentales y en el artículo cuarto transitorio enlista 16 embalses  con sus 16 normas oficiales mexicanas que permanecen vigentes para el aprovechamiento de algunas especies para captura comercial. Se emite el famoso Anexo 1 donde si existen presas que autorizan aprovechamiento de especies como Tilapia, bagre, carpa y en algunas incluso de Lobina con tallas mínimas y número determinado entre  1 a 3 máximo 5 ejemplares, cada embalse tiene sus reglas en dicho anexo 1.  Por eso es importante leer cuidadosamente ese anexo para no caer en violaciones a la ley de pesca en  el determinado embalse donde decidas ir de pesca.

 

Recordemos que hay un dicho jurídico muy acorde al tema que hoy tratamos y que muchas veces no dimensionamos nuestros actos. La  ignorancia no exime del cumplimiento de la ley (ignorantia juris non excusat o ignorantia legis neminem excusat) es un principio de Derecho que indica que el desconocimiento o ignorancia de la ley no sirve de excusa para su cumplimiento.

 

Me llama la atención que si existen algunos estados de la República que tienen un estricto orden con la Pesca, hay dos casos específicos que pondré de ejemplo.

 

 

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Sonora

Hermosillo.-Una multa de hasta un millón y medio de pesos, podría alcanzar como sanción, Víctor N., luego de haber sido sorprendido por las autoridades en posesión de 59 piezas de lobina, especie que se encuentra en veda, desde el primero de febrero hasta el 31 de marzo del presente año.
El pasado fin de semana, tras recibir una denuncia ciudadana, a través de la Subsecretaría de Pesca y la Dirección de Supervisión y Regulación Pesquera en el estado, realizó un operativo en la cortina de la presa Plutarco Elías Calles, mejor conocida como “El Novillo”, donde se localizó al presunto comercializador, quien es originario de Ciudad Camargo, Chihuahua.
Víctor N. quedó registrado en el acta de inspección No.12/07-128-12-01, documento mediante el cual se realizó el aseguramiento de los ejemplares en veda. La situación jurídica del inspeccionado, y del producto retenido quedará sujeta al procedimiento administrativo de calificación de infracciones, que instruya la unidad jurídica de la Subsecretaria de Pesca y Acuacultura.

 

Chihuahua.

Chihuahua, Chihuahua, 21 de marzo del 2019.- Para asegurar la reproducción de la lobina y el bagre en todo el estado, se castigará con fuertes multas y hasta con cárcel a quien incurra en la pesca intensiva de estas especies. Lo anterior lo informó Arturo Gutiérrez Cano, subdelegado de Pesca de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, quien agregó que la veda para la lobina negra abarca del 10 de marzo al 25 de junio, y para el bagre será del primero de abril al 25 de junio de este año. Agregó que las multas podrán alcanzar un monto de hasta 80 mil pesos y la cárcel podría imponerse a las personas que incurran en la pesca intensiva de la lobina negra y el bagre, para detallar que con excepción de estas dos especies, las demás están libres para su pesca. En declaraciones al periódico «El Diario de Chihuahua», Gutiérrez Cano agregó que aquellas personas a las que se sorprenda pescando tales especies, dependiendo de la gravedad del caso, se les pueden decomisar las presas y artes de pesca e imponer multas hasta por mil UMAS, así como su presentación ante el Ministerio Público Federal.

Ojala todos los estados pronto puedan hacer valer las normas y reglamentos de pesca para mejorar la conservación de las especies acuícolas. Y Más aun la Lobina que deja mucha economía en los cuerpos de agua donde se fomenta la captura y libera.

En Querétaro ya estamos planeando trabajar con un grupo de personas interesadas en esto y  con  gente de Conapesca para formar una brigada de inspección y vigilancia en nuestros cuerpos de agua para prevenir la desmedida depredación de las especies que hoy existe a ojos vistos.  Esperamos que a partir de 2021  tengamos ya el plan de acción que incluye no solo la inspección, sino la resiembra de especies en cuerpos de agua para promover la pesca deportiva en la comunidad en el estado. Además de un programa de señalización y avisos de sanciones en los lagos de la entidad, con un número telefónico para denunciar a los depredadores y que se castiguen con todo el peso de la ley.

 

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La pesca deportiva  es nuestra trinchera,  esta actividad recreativa-deportiva  genera muchos millones de pesos al año en derrama económica en las zonas donde existe esta actividad,  la gente local de cada embalse debe ser responsable de vigilar y fomentar la filosofía de captura y libera en bien de ellos mismos.

 

La suprema realidad de nuestro tiempo es la vulnerabilidad de nuestro planeta.

J. F. Kennedy

 

Hasta la próxima.

José Juan Sarabia González.

 

 

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